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La Segunda | Académica Macarena Diez se refirió a las posibles mecanismos para concretar la renuncia del convencional Rodrigo Rojas Vade

“Una primera vía de acción sería impulsar una reforma constitucional que se haga cargo del asunto (ya existen tres proyectos presentados en el Senado). Esta opción pareciera ser la más respetuosa con la constitucionalidad y legalidad imperante”, señaló.

La Segunda | Académica Macarena Diez se refirió a las posibles mecanismos para concretar la renuncia del convencional Rodrigo Rojas Vade

La profesora de Litigación Constitucional y Derecho Político de la Universidad Finis Terrae, Macarena Diez, abordó tres posibles opciones para concretar la renuncia del convencional en Carta al Director publicada por La Segunda y firmada en conjunto con Gaspar Jenkins, investigador del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo.

Los invitamos a leer la carta a continuación:

MECANISMOS DE RENUNCIA

Señor director:

Una de las disyuntivas que se ha tomado el debate en la Convención Constitucional, tiene relación con las alternativas que ofrece el sistema para concretar la renuncia del convencional Rodrigo Rojas Vade. La norma vigente pareciera ser insuficiente para ello, pues, primero, no contempla un mecanismo claro que avale la renuncia y, segundo, de proceder, ella solo podría fundarse en una «enfermedad grave», hipótesis que, además, debe ser calificada de forma previa por un órgano externo cuya competencia para ello se encuentra cuestionada.

Frente a este panorama, una primera vía de acción sería impulsar una reforma constitucional que se haga cargo del asunto (ya existen tres proyectos presentados en el Senado). Esta opción pareciera ser la más respetuosa con la constitucionalidad y legalidad imperante, y permitiría subsanar el problema derivado de la renuncia y el consecuente reemplazo conforme a las reglas tradicionales del Derecho Público nacional. Esta sería la mejor posibilidad.

Otra alternativa sería configurar una causal de cesación, como aquella que se produce al ausentarse del país por más de 30 días sin permiso de la Convención. Sin embargo, esta alternativa requeriría de un viaje al extranjero que podría verse impedido por la existencia de una investigación penal abierta.

Una tercera opción, defendida por parte de algunos constituyentes, sería subsanar los problemas observados a través del Reglamento de la Convención. Así se aprecia en la propuesta reglamentaria, cuyos artículos 28 y 29 permiten la renuncia por enfermedad calificada por el pleno de la Convención, pudiendo ser reemplazados por la persona del mismo género que haya obtenido la siguiente mayoría más alta de su lista.

El problema de esta alternativa es que se circunscribe en el debate sobre si las normas reglamentarias pueden contradecir normas constitucionales, cosa que, según nuestra jerarquía normativa, no es viable.


Publicado el:

Lunes, 27 Septiembre 2021