Consultados sobre la investigación de oficio abierta por la Fiscalía, los profesores de la Clínica Jurídica Penal de la U. Finis Terrae, Santiago Fernández e Ignacio Pinto, explicaron que en el delito de cohecho pasivo podría existir una agravante si “el acto fue ejecutado con infracción a los deberes de su cargo”, caso en el cual “la pena se eleva a una reclusión menor en su grado medio (541 días a 3 años), y además, con la pena de inhabilitación especial o absoluta para cargos u oficios públicos temporales en cualquiera de sus grados y multa del tanto al duplo del provecho solicitado o aceptado”.
Consultados sobre los presuntos delitos tributarios a los que se ha referido la Fiscalía, los profesores señalaron que “parece muy difícil que estos se puedan perseguir y sancionar considerando los plazos de prescripción que limitan la acción del SII, que va desde 3 años hacia atrás (ordinariamente) y hasta 6 años (extraordinariamente)”. Le invitamos a leer la nota en este enlace.