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Diario Financiero | Académicos Cristóbal Aguilera y Rodrigo Poyanco analizaron las diferencias entre Estado Subsidiario y Estado de Bienestar de cara al proceso constituyente

“No debe buscarse el sistema más estatista, sino el más eficiente; de lo contrario, nos arriesgamos a aplicar un sistema social que cobra impuestos de nivel nórdico, pero otorga servicios públicos de nivel sudamericano”, advirtió el profesor Poyanco.

Diario Financiero | Académicos Cristóbal Aguilera y Rodrigo Poyanco analizaron las diferencias entre Estado Subsidiario y Estado de Bienestar de cara al proceso constituyente

“El Estado subsidiario se ha entendido y defendido de modo erróneo, como si la subsidiariedad fuese un principio de orden económico que sugiriera necesariamente un Estado mínimo. De algún modo, esto explica su desprestigio como principio del orden social”, señaló en el artículo el profesor Aguilera. Por su parte, el también académico e investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae, Doctor Rodrigo Poyanco, aclaró que "el principio de subsidiariedad, tal como está considerado ahora en la Constitución, no impide políticas sociales de calidad, incluso de cargo 100% estatal, sino que lo que hace es impedir el monopolio de hecho o de derecho del Estado en esas mismas áreas". Los invitamos a leer el artículo completo en este enlace.


Publicado el:

Viernes, 23 Octubre 2020